La Resolución 3374 de 2000 define: “Registro Individual de Prestación de Servicios de Salud – RIPS -: Es el conjunto de datos mínimos y Básicos que el Sistema General de Seguridad Social en Salud requiere para los procesos de dirección, regulación y control y como soporte de la venta del servicio”
QUIENES DEBEN REPORTAR LOS RIPS ?
- Los profesionales independientes
- Los prestadores institucionales (IPS- publicas y privadas )
- Los grupos de práctica profesional
- Entidades Administradoras de Planes de Beneficios (Cuentas de Cobro )
- Entes territoriales
OBJETIVOS DE LOS RIPS
SUPERSALUD
Vigilancia y control de la calidad en la prestación de servicios de salud.
MINSALUD
- Realizar planificación, seguimiento y evaluación de las acciones de Salud.
- Conocer estado de salud de la población
- Automatización del sistema de auditoría médica y administrativa
ENTES TERRITORIALES
Formulación de políticas de salud. Ajustar la Unidad de Pago por Capitación. Base para estudios Unificación del POS Ajustar los contenidos de los planes de beneficios en salud.
DATOS RIPS
Datos de Identificación del paciente
Datos de Transacción
Datos de consulta
Datos de procedimientos
Datos de Hospitalización
Datos de Recién Nacido
Datos de Otros Servicios
Datos de Medicamentos Datos de Urgencias